Editorial

Los derechos no se obvian

La radiodifusión en México se inauguró formalmente en 1921, durante las fiestas por el centenario de los Tratados de Córdoba por los que nuestro país ganó su independencia. Poco falta para que se cumplan cien años desde que alguien escuchó la radio por primera vez, momento en que nacieron las audiencias en México. Sin embargo, transcurrieron 92 años para que los derechos de esas audiencias se mencionaran en la constitución, y un año más para que fueran plasmados en una ley. Desgraciadamente, eso no ha bastado para poderlos ejercer.

A partir de 2013, los artículos 6o y 7o constitucionales dicen explícitamente las cosas que deben hacer y las que deben evitar quienes producen contenidos en la radio y la televisión para garantizarnos la calidad que nos corresponde como audiencias. También establecen obligaciones para quienes ofrecen servicios de Internet y de telefonía celular, para que estos estén a la altura de nuestras necesidades y a precios asequibles para todos. De eso se trató la famosa reforma en telecomunicaciones.

En las siguientes páginas, algunos compañeros del Capítulo Jalisco de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) explicarán brevemente qué son los derechos a la comunicación y por qué ha sido tan difícil hacerlos valer. A mayor conocimiento de ellos, será más factible exigir su cumplimiento.

 

Bernardo Masini Aguilera/Presidente de la Amedi Capítulo Jalisco

Coordinador del número