Clavigero Núm. 4

No. 4

Los derechos a la comunicación

Periodo: mayo – julio 2017

La radiodifusión en México se inauguró formalmente en 1921, durante las fiestas por el centenario de los Tratados de Córdoba por los que nuestro país ganó su independencia. Sin embargo, transcurrieron 92 años para que los derechos de esas audiencias se mencionaran en la constitución, y un año más para que fueran plasmados en una ley. Desgraciadamente, eso no ha bastado para poderlos ejercer.

En las siguientes páginas, algunos compañeros del Capítulo Jalisco de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) explicarán brevemente qué son los derechos a la comunicación y por qué ha sido tan difícil hacerlos valer. A mayor conocimiento de ellos, será más factible exigir su cumplimiento.

Bernardo Masini Aguilera
Coordinador del número

Publicado: 2017-31-07

Contenido

  • Editorial
  • La comunicación y lo que debe garantizarnos
    Carlos Servín Ugarte
  • La deseable pluralidad en los contenidos de los contenidos de los medios
    Israel Tonatiuh Lay Arellano
  • La información: derecho de todos
    José Bautista y Graciela Bernal
  • Los derechos a la comunicación
  • Ciencia a sorbos. El derecho a la información científica (y a su comprensión)
    Maya Viesca Lobatón
  • La revelancia social del periodismo y sus periodistas
    Darwin Franco Migues
  • El 6o constitucional: infraestructura, acceso y educación
    Juan Larrosa
  • ¿Qué son las audiencias y quiénes son los usuarios de las telecomunicaciones?
    Magdalena Sofía Palaú Cardona
  • La Pizca. La proposición
    Juan Carlos Henríquez, SJ
  • La defensoría de las audiencias como autorregulación ética
    Juan Carlos Núñez Bustillos

Editorial

Los derechos no se obvian

La radiodifusión en México se inauguró formalmente en 1921, durante las fiestas por el centenario de los Tratados de Córdoba por los que nuestro país ganó su independencia. Poco falta para que se cumplan cien años desde que alguien escuchó la radio por primera vez, momento en que nacieron las audiencias en México. Sin embargo, transcurrieron 92 años para que los derechos de esas audiencias se mencionaran en la constitución, y un año más para que fueran plasmados en una ley. Desgraciadamente, eso no ha bastado para poderlos ejercer.

A partir de 2013, los artículos 6o y 7o constitucionales dicen explícitamente las cosas que deben hacer y las que deben evitar quienes producen contenidos en la radio y la televisión para garantizarnos la calidad que nos corresponde como audiencias. También establecen obligaciones para quienes ofrecen servicios de Internet y de telefonía celular, para que estos estén a la altura de nuestras necesidades y a precios asequibles para todos. De eso se trató la famosa reforma en telecomunicaciones.

En las siguientes páginas, algunos compañeros del Capítulo Jalisco de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) explicarán brevemente qué son los derechos a la comunicación y por qué ha sido tan difícil hacerlos valer. A mayor conocimiento de ellos, será más factible exigir su cumplimiento.

 

Bernardo Masini Aguilera/Presidente de la Amedi Capítulo Jalisco

Coordinador del número

La comunicación y lo que debe garantizarnos

Los derechos del ciudadano en torno a la comunicación comienzan cuando el ciudadano busca información para difundirla. Estos derechos están contenidos en el Artículo 6o constitucional en el que encontramos los derechos a la libertad de expresión, la réplica, a buscar y acceder a información, a difundir información y a acceder a tecnologías de información e Internet. Estos derechos son interdependientes, lo que quiere decir que dependen unos de otros y que la violación de uno afecta a otros. El principio de interdependencia además nos dice que no existe una jerarquía de derechos (no hay alguno más importante que los otros).

Estos derechos están muy relacionados entre sí. La libertad de expresión es uno de los pilares de la democracia y una base fundamental para el ejercicio de los demás derechos, pues, en palabras de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (cidh), “la carencia de libertad de expresión es una causa que ‘contribuye al irrespeto de los otros derechos humanos’”.[1] El derecho a la libertad de expresión tiene una doble vertiente: en su dimensión individual, el derecho a la libertad de expresión nos da la posibilidad de comunicarnos con otros seres, expresar nuestra forma de ver el mundo y desarrollarnos plenamente; en su dimensión social, nos permite conocer informaciones —estar “bien informados”— y formas ajenas de pensar —ayuda a la pluralidad democrática—. Podemos ver cómo en esta vertiente doble nace el derecho a la información y se interrelacionan derechos como el derecho de réplica, el derecho al acceso a la información, el derecho a buscar información, el derecho a la verdad, el derecho a la transparencia gubernamental y los derechos de las audiencias.

Los derechos humanos, incluidos los relacionados con la comunicación, han ido ampliando su reconocimiento, a partir de, entre otras razones, la reforma constitucional de derechos humanos de 2011, la cual reconoce los tratados internacionales como fuentes del derecho. Es importante señalar además que estos implican obligaciones para todas las autoridades en los tres niveles de gobierno (municipal, estatal y federal), las cuales se encuentran estipuladas también en el artículo 1o de la Constitución. Estas son: proteger, respetar, garantizar y promover los derechos humanos y, por ende, los derechos a la comunicación.

Referencias

Marco Jurídico Interamericano sobre el derecho a la libertad de expresión. 2. Funciones del derecho a la libertad de expresión, apartado 9. Recuperado el 19 de mayo de 2017 de: http://www.oas.org/es/cidh/expresion/docs/cd/sistema_interamericano_de_derechos_humanos/index_MJIAS.html

[1] Citado en el apartado 9 del punto 2. Funciones del derecho a la libertad de expresión del Marco Jurídico Interamericano sobre el derecho a la libertad de expresión.

 

Carlos Servín Ugarte / Maestro en Derechos Humanos y Democracia por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso)

La deseable pluralidad en los contenidos de los medios

La pluralidad en los contenidos de los medios no debe confundirse con la cantidad de canales de televisión o de radio, tanto en señal abierta como de paga. Si bien la pluralidad significa la expresión y difusión de ideas de diversa índole, lo deseable es que, a través de estas, los ciudadanos tengamos mayor información con la cual tomar cada vez mejores decisiones y así impactar en la propia democracia. ¿Pero qué pasa si recibimos de los medios un contenido no solo similar sino que, además, proyecta una única visión?

Podemos responder citando la famosa Alegoría de la caverna de Platón, en la que hace una metáfora acerca del conocimiento del mundo sensible (a través de los sentidos) y del mundo inteligible (a través de la razón). En ella hay unos hombres que, desde su nacimiento, fueron encadenados e inmovilizados y lo único que pueden ver es la sombra de diversos objetos que se proyecta frente a ellos. Cuando uno es liberado y sale de la caverna, conoce otra realidad. Si se apresurara a regresar a la cueva a contarle a los demás lo que ha visto, estos se burlarían de él y pensarían que se volvió loco, incluso, dice Platón, estarían dispuestos a matarlo si ese hombre se empeñara en liberarlos y llevarlos a esa “realidad”, pues, para los demás, esta se compone solo de las sombras que conocen.

Haciendo a un lado el extremo del asesinato del hombre que busca liberar a sus compañeros, la exposición a una sola visión de la realidad, mostrada a través de los medios, lleva al ciudadano a creer ciegamente en esa “realidad” y a oponerse a las ideas que la contradicen o que muestran algo diferente. Esto no es una ficción o una simple hipótesis filosófica, es una condición que los medios han sabido controlar al grado de que la clase política, conociendo esta capacidad, continúa empoderando a las empresas de radiodifusión para lograr su apoyo y ganar elecciones creando así un círculo vicioso.

De esta manera, la exigencia de la pluralidad en los medios no es una petición que solo concierne a grupos sociales, políticos o a interesados en los temas de la radio, la televisión y la Internet sino que parte del derecho a la comunicación y a la información que tenemos como ciudadanos mexicanos. Se trata de una herramienta que no solo permite la expresión de ideas distintas sino del conocimiento de realidades diferentes, lo cual, por sí misma, ya es una experiencia que nos enriquece como comunidad y como sociedad. ¿Sabemos identificar la pluralidad, exigirla y apropiarla? Reflexionemos sobre ello.

 

Israel Tonatiuh Lay Arellano / Profesor‒Investigador del Instituto de Gestión del Conocimiento y el Aprendizaje en Ambientes Virtuales (igcaav) de la Universidad de Guadalajara (udeg), miembro de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi), capítulo Jalisco

La relevancia social del periodismo y sus periodistas

El periodismo es un servicio público porque el objetivo central de su trabajo es develar y construir verdades que le permitan a la sociedad saber qué está pasando a su alrededor, por qué está ocurriendo esto y cómo le afecta. En consecuencia, la labor del periodismo es descubrir, investigar, contrastar, comprobar, blindar y comunicar verdades que muchas otras instancias preferirían ocultar para seguir manteniendo las relaciones de inequidad, impunidad e injusticia que hoy, lamentablemente, están presentes en el mundo.

Si el periodismo es en esencia un servicio público, las verdades que este construye son igualmente bienes públicos que no le pertenecen ni al medio ni al periodista sino a la sociedad en su conjunto. No existe periodismo sin sociedad y no hay sociedad que pueda ejercer su derecho a la verdad sin la presencia de periodistas. Por ello, el periodismo y sus periodistas tienen la compleja responsabilidad de ser los garantes del derecho a la información. Titánica tarea en un entramado mediático cuyo objetivo es lo comercial.

Javier Darío Restrepo, experto en ética periodística, explica que cuando en el ámbito periodístico prevalece más lo comercial, se pierde paulatinamente la responsabilidad social que le brinda al periodismo su cualidad de servicio público. Esto provoca que este cumpla más una función de intermediario que de mediador:

El intermediario establece relaciones entre creadores y públicos, entre políticos y electores, o entre gobernantes y gobernados. Las relaciones que propone no son de uso, de apropiación o de goce, sino de obediencia, reverencia y culto. El mediador, en cambio, se sabe socialmente necesario; busca la participación de la gente en la historia común. Descentra la cultura, la política y la economía; activa la capacidad de la gente para analizar, criticar y proponer (Martín Barbero, 2005, p.118).

Si pensamos al periodismo a través de las palabras de Jesús Martín Barbero, podremos comprender por qué hay quien lo desacredita. Hoy no hallamos en su “servicio público” nuestra participación en la historia en común ni encontramos verdad porque gran parte de la información que se genera tiene una sola perspectiva. Estamos informados pero tenemos pocos elementos para entender lo que está pasando y sus posibles implicaciones así como las consecuencias para nosotros.

El periodismo y sus periodistas requieren sentirse necesarios, pero también la sociedad necesita exigir su derecho a saber a través de cada uno de ellos. Mientras intentan revertir las condiciones que les impiden hacer su trabajo, nosotros no deberíamos naturalizar las violencias que padecen. Al hacerlo, perpetuamos el sistema informativo donde el capital y el poder se anteponen al derecho humano de la información.

Referencias

Martín Barbero, J. (2005). Los oficios del comunicador. Co‒herencia, 2(2), 115‒143. Universidad eafit. Recuperado el 19 de mayo de 2017 de: http://publicaciones.eafit.edu.co/index.php/co-herencia/article/view/621

 

Darwin Franco Migues / Profesor‒investigador en la Universidad de Guadalajara (udeg) y el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (iteso)

El 6o constitucional: infraestructura, acceso y educación

Los ciudadanos producimos y hacemos uso de información de manera constante: nos informamos sobre política a través de la televisión, avisamos al gobierno de los gastos que tuvimos durante un año para calcular impuestos, buscamos información en Internet para trabajos escolares y más. Para que estos flujos informativos funcionen correctamente, los estados han creado regulaciones que aseguren el derecho a la información de los ciudadanos.

En México, el artículo 6o de la Constitución está consagrado a garantizar el derecho a la información de los ciudadanos y, entre otras cosas, de regular los servicios de radio, televisión e Internet. Este artículo establece que el estado “garantizará a la población su integración a la sociedad de la información y el conocimiento, mediante una política de inclusión digital universal”.

En otras palabras, el artículo 6o constitucional señala que el estado debe desarrollar tres elementos centrales para garantizar el derecho a la información. El primero se refiere a la infraestructura comunicativa que el país debe poseer para que circule información en todo el territorio nacional, como tendidos de fibra óptica, satélites, antenas para uso del espacio radioeléctrico y más. Además, el estado debe asegurarse de que todos los mexicanos puedan tener dispositivos para conectarse a esa red, es decir, teléfonos celulares, tabletas, computadoras, radios, televisores y más.

El segundo elemento se refiere a la posibilidad de que los mexicanos puedan utilizar la infraestructura para producir y consumir información. Por ejemplo, no basta tener antenas de televisión y televisores para que alguien pueda ver la televisión. Además falta que exista un servicio de radiodifusión que lleve contenidos a los televisores del país. Por ello, todos los mexicanos deben tener acceso a servicios de radio, televisión e Internet.

El tercer elemento se refiere a la educación de las audiencias. Para que los mexicanos puedan tener un acceso real a la información y al conocimiento que circula en la radio, la televisión e Internet, también hace falta que sepamos cómo utilizar la infraestructura comunicativa, que entendamos cómo debemos hacer uso de los servicios, y que desarrollemos habilidades para producir y consumir información a través de estas redes de información. En este sentido, el estado tiene la obligación de educar a sus ciudadanos en relación al amplio tema del derecho a la información.

Ahora bien, las buenas intenciones de la Constitución deben hacerse realidad; por ello, el cumplimiento de esta disposición pertenece a otra historia.

[box]Para saber más, consultar las siguientes referencias:

  1. Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco). Indicadores de Desarrollo Mediático: Marco para evaluar el desarrollo de los medios de comunicación social.  (Manual de la Unesco para analizar sistemas de comunicación contemporáneos). Recuperado el 19 de mayo de 2017 de: http://www.unesco.org/new/es/communication-and-information/resources/publications-and-communication-materials/publications/full-list/media-development-indicators-a-framework-for-assessing-media-development/
  2. Los medios digitales en México. (Un trabajo de descripción y análisis del sistema de medios de comunicación digitales en el país). Open Society Fundations. Recuperado el 19 de mayo de 2017 de: https://www.opensocietyfoundations.org/sites/default/files/mapping-digital-media-mexico-spanish-20120606.pdf[/box]

Juan Larrosa / Candidato a doctor en Medios y Comunicación por la Universidad de Temple en Filadelfia, Estados Unidos

La información: derecho de todos

En México, durante décadas, los gobernantes no informaron adecuada y oportunamente a los ciudadanos sobre las acciones y decisiones que tomaban, ni sobre el manejo de los recursos públicos. A principios del año 2000, las cosas comenzaron a cambiar: se crearon leyes a nivel federal y estatal, así como nuevos organismos para “hacer valer”, proteger y difundir el derecho de las personas a la información.

Hoy, cualquier persona puede solicitar información sobre cuestiones de interés público (obras, programas, presupuestos, nóminas, actividades, etcétera) que competen a las autoridades de cualquier nivel de gobierno; es un derecho obtenerla en un plazo relativamente corto pues la ley los obliga. A esto se le conoce como “derecho a la información”.

Las personas, en su vida cotidiana, necesitan información para tomar decisiones sobre lo que les interesa. Por ejemplo, las señoras que van al mercado a comprar frutas y verduras necesitan saber cuánto cuestan esos productos para decidir adquirirlos de acuerdo con su presupuesto. La información es necesaria porque permite conocer lo que ocurre, saber acerca de economía, política y también sobre decisiones que toman las autoridades, por ejemplo, el aumento de precio de las gasolinas, pues esto influye en nuestras vidas.

Lo importante es saber que la información es de todos. Las autoridades la generan y resguardan pero es nuestro derecho obtenerla debido a que el gobierno se sostiene y funciona con los recursos que todos aportamos a través de los impuestos. También es nuestro derecho preguntar sobre todo aquello que queremos conocer, siempre y cuando no afecte la seguridad del país y de las personas; es decir, hay limitaciones de este derecho que están claramente delimitadas y justificadas en la propia ley. A esto se le conoce como información reservada (relacionada con la seguridad nacional, entre otros) e información confidencial (relativa a datos sensibles de las personas).

El derecho a la información, además, implica que podamos compartirla a quienes nos rodean, así como recibirla tanto de las autoridades como de los medios de comunicación como lo son la radio, la televisión, los periódicos y las redes sociales.

Conocer y ejercer este derecho tiene múltiples ventajas: nos orienta en la toma de decisiones, nos posibilita participar de manera informada en los asuntos de interés público para influir en ellos, nos permite “llamar a cuentas” a las autoridades para evitar o, en su caso, sancionar los abusos de poder.

 

José Bautista y Graciela Bernal / Académicos del Centro de Investigación y Formación Social y del Depto. de Estudios Socioculturales del ITESO

¿Qué son las audiencias y quiénes son los usuarios de las telecomunicaciones?

Una gran parte de la comunicación a la que estamos expuestos hoy en día nos llega a través de pantallas como la de nuestro teléfono, la de nuestra computadora o la de la televisión. Tantos monitores dificultan saber qué papel jugamos nosotros frente a las grandes empresas que ofrecen programas o servicios por medio de ellos. Por eso es importante diferenciar entre la industria de la radiodifusión y la de las telecomunicaciones. La primera se refiere a la difusión de mensajes y programas a través de la radio y la televisión convencional. La segunda incluye industrias como la telefonía celular, la televisión restringida (por cable o satelital) y todo lo que se ofrece por Internet. Ante la radiodifusión, nosotros somos audiencias, mientras que en el mundo de las telecomunicaciones se nos define como usuarios. En ambos tenemos derechos y podemos exigirlos.

Las audiencias de radio y televisión tienen derechos

Si escuchamos la radio o vemos la televisión somos audiencias y tenemos derechos. ¿Cuáles son mis derechos como audiencia? Aquí te presentamos algunos:

1.         Recibir contenido que refleje la pluralidad política, ideológica, cultural y lingüística de México.

2.         Que en los contenidos que escucho o veo se distinga con claridad lo que es noticia de lo que es opinión.

3.         Que haya elementos que me permitan distinguir la publicidad o las inserciones pagadas que están integradas al contenido.

4.         Que se respeten los horarios de los programas y que me avisen si hay cambios de horario en la programación.

5.         Que me permitan rectificar información errónea o que me difame que haya sido transmitida por la radio o la televisión.

6.         Que se mantenga la misma calidad y los mismos niveles de audio y video tanto en la programación como en la publicidad.

7.         Que no haya discriminación por origen étnico, religión, opiniones, preferencias sexuales o cualquier otro motivo.

8.         Que la estación que escucho o el canal que veo tenga un código de ética y lo haga público para que yo lo conozca.

9.         Que la estación que escucho o el canal que veo tenga un defensor de las audiencias al que me pueda dirigir para reclamar cualquier atentado contra mis derechos como audiencia.

10.      Si tengo alguna discapacidad tengo derecho a que la programación tenga subtitulaje, esté doblada al español y que, al menos el noticiario principal de la estación o canal, cuente con lenguaje de señas.

 

Diez cosas que debe saber todo usuario de las telecomunicaciones

Doctora Magdalena Sofía Paláu Cardona

Si tengo contratados servicios de telefonía fija, telefonía celular, televisión de paga o Internet soy usuario de las telecomunicaciones y tengo derechos. ¿Cuáles son? Aquí te presentamos algunos:

 

1.         Consultar gratuitamente el saldo de mi teléfono contratado en prepago.

2.         Que mis datos personales estén protegidos y no sean entregados a otras empresas o personas.

3.         Cambiar de compañía telefónica sin cambiar mi número de teléfono.

4.         Elegir libremente al proveedor de servicios de telecomunicaciones.

5.         Conocer las condiciones del contrato de prestación de servicios.

6.         Recibir los servicios con la calidad contratada.

7.         Solicitar y obtener el desbloqueo del equipo terminal cuando haya concluido el plazo del contrato.

8.         La bonificación o descuento por fallas en el servicio cuando sean imputables al concesionario.

9.         Que me abonen el saldo no consumido en mi siguiente recarga en contratos de prepago.

10.      No recibir llamadas del concesionario ofreciendo nuevos servicios o paquetes.

 

[box]Para saber más:

Las empresas que te ofrecen servicios de radiodifusión o telecomunicaciones son las primeras obligadas a respetar tus derechos. Si ellas no te cumplen puedes reportarlas ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones (ift). Ubica sus oficinas en tu localidad o visita su página: www.ift.org.mx[/box]

Doctora Magdalena Sofía Paláu Cardona / Coordinadora del observatorio de medios de comunicación Q ITESO