El adolescente y el derecho a la participación en su proyecto de vida

En México, en el artículo 5 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la adolescencia comprende “entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad”.[1] En términos sociales, se le ha “culpado” de ser una de las etapas más “difíciles” del ser humano debido a que es complicado dar un trato a los adolescentes por su situación de no ser ni tan niño o niña, pero tampoco tan adulto o adulta.

Al respecto, la psicóloga Beatriz Quiroga[2] dice que surgen diferentes cambios biológicos y psicosociales, entre los que destacan: maduración de habilidades ejecutivas de inteligencia, capacidad de planificar y organizar su tiempo de maneras distintas, así como marcar metas (que es lo que conocemos como proyecto de vida) y gestionar sus propios pensamientos y sentimientos. Sin embargo, en México los adolescentes viven con un alto índice de riesgos psicosociales debido a la poca o nula prevención, atención y cuidados, lo que trae como consecuencia la vulneración de sus derechos. Cabe destacar que el derecho a la participación, el cual se liga a la elaboración de un proyecto de vida, sigue sin garantizarse.

Por lo anterior, en las organizaciones de sociedad civil se ha trabajado en el acompañamiento de adolescentes y jóvenes para que, de acuerdo con sus necesidades (muchas veces en situaciones de vulnerabilidad), habilidades, aptitudes y actitudes, reciban una adecuada orientación vocacional, que los haga ser partícipes de la toma de decisiones que impacten en su vida como ciudadanos.

El paso más difícil para lograr esto probablemente sea el de equilibrar ese proyecto con su realidad, es ahí donde se requiere el acompañamiento de todos aquellos que tienen injerencia en estos aspectos con los adolescentes, además de las condiciones psicosociales adecuadas para su desarrollo.

En la Ciudad de los Niños, AC, nos hemos dado cuenta de esta necesidad, por lo que el departamento de gestión laboral está en proceso de cambiar sus objetivos, para no dar solo capacitación en un oficio sino además un acompañamiento para un proyecto de vida integral, que sea complementario al egreso del residente de la Ciudad de los Niños, que sea él mismo quien haga valer sus decisiones en la escuela, la familia y la comunidad. Por esta razón, el derecho a la participación debe tener atención de manera transversal, ya que su impacto es inmediato, pero también lo es a futuro, es decir, a los futuros adultos que toman decisiones en nuestro país.

Selene Bustamante Ramírez / Gestora sociolaboral en la Ciudad de los Niños, AC, especialista en programas de atención de infancia en situación de vulnerabilidad

 

[1] Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (2014), p. 17, artículo 5. Decreto en el Diario Oficial de la Federación, 4 de diciembre de 2014.

[2] Quiroga, Beatriz (2014). “La adolescencia y la importancia del aprendizaje en la toma de decisiones”, Universo UP. Revista Digital de la Universidad de Padres. Madrid: Fundación Educativa Universidad de Padres. Disponible en: http:// universoup.es/9/hoja-de-ruta/los-adolescentes-y-la-tomade-decisiones/