Bioética y derecho 

Roberto Becerra Zavala / mediador de conflictos derivados de negligencias médicas

La normativa jurídica que aborda los temas bioéticos es transversal a todas las ramas del derecho mexicano. Tenemos cuestiones clásicas en materia penal, como el aborto, el cual sigue generando debates y reflexión. Recordemos la decisión en septiembre de 2022 de la Corte Suprema de Estados Unidos respecto al precedente Roe vs Wade, o las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que lo despenalizaron en varias circunstancias en México. Asimismo, encontramos en el Código Penal Federal, en el de cada estado, y en la Ley General de Salud, asuntos como la eutanasia, la instigación o ayuda al suicidio, la distanasia y el ensañamiento terapéutico, la eugenesia, la clonación humana, la manipulación genética, entre otros.

En cuanto a la regulación de la prestación de servicios de salud, el llamado derecho médico o sanitario establece los derechos de los pacientes. Destaca el que hace referencia al respeto de su autonomía, con la que pueden emitir su consentimiento libre e informado ante las intervenciones médicas. Esta rama del derecho también señala los derechos y las obligaciones de los prestadores de servicios de salud; de estas últimas podemos mencionar las relacionadas con la lex artis y lex artis ad hoc, o aquellas que cuidan que los actos de los médicos sean diligentes y prudentes, cuestiones importantes para evitar malas praxis o negligencias. Entre sus marcos regulatorios se encuentran la Ley General de Salud —en los planos federal y estatal—, los reglamentos y las normas oficiales mexicanas.

Por otra parte, con el avance de la tecnología y de la ciencia han aparecido nuevas prácticas que aún no están reguladas, o no del todo, como la inseminación artificial, el congelamiento de óvulos, la fertilización in vitro, entre otras. Estas han tenido impacto en el derecho familiar y han generado reformas y resoluciones por parte de los jueces, en un intento por dar solución a casos complejos. Destacan aquellos en los que hay una cuestión de filiación y paternidad, que conllevan dilemas éticos.

En el ámbito civil ha comenzado a legislarse la maternidad subrogada o alquiler de vientres. En materia de propiedad intelectual se atiende el tema de patentes, en el que hay intereses de por medio. En lo referente a datos personales tenemos la regulación de datos biológicos o genómicos, en tanto que en materia ambiental hay una amplitud de normativas que tratan cuestiones como la regulación jurídica de los animales y el trato que debe dárseles.

Es evidente que la bioética tiene relación con diversas áreas del derecho, por lo que existen normas básicas y fundamentales que aparecen en la Constitución y en los tratados internacionales. El derecho humano a la salud, al medio ambiente, a la libertad reproductiva o la libertad de conciencia son solo algunos ejemplos de todo lo que puede ser estudiado desde esta materia.

Se trata de un universo de normas jurídicas en las que todavía persisten vacíos legales. Sin embargo, posibilidades como las que plantea el bioderecho, una rama que analiza estos casos desde los aspectos científicos, jurídicos, éticos, sociales y políticos, pueden dar pie para establecer marcos legales sólidos que atiendan a las necesidades de nuestro tiempo.

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